Herencia sin testamento: datos, consejos, cónyuges y derecho de sucesiones

Herencia sin testamento – El derecho de sucesión entra en vigor si no hay testamento. Regula quién recibe los bienes del fallecido después de la muerte y cómo se hace. Se pueden formar comunidades de herederos si hay varios herederos y la herencia pasa a su poder. Las comunidades de herederos se forman automáticamente tras la muerte del difunto si hay varios herederos. A continuación, deben dividir el patrimonio entre ellos y tomar decisiones conjuntas sobre los bienes heredados, como los inmuebles. Si quieres decidir por ti mismo qué familiares heredan qué bienes, debes redactar un testamento y regularlo todo con precisión.

Sucesión legal: así se hereda según la ley

La sucesión legal regula tanto el orden de los herederos como las cantidades individuales que se heredan. Primero heredan los parientes más cercanos, como los hijos y los nietos, y luego los más lejanos, como los sobrinos. Los parientes más cercanos suelen excluir de la sucesión a los más lejanos. La proporción de la herencia a cada uno de los herederos se documenta en el certificado de la herencia.

La sucesión legal se basa en el sistema de parantel o de orden. Divide a los familiares en diferentes órdenes. Los hijos y nietos del fallecido pertenecen al primer orden. Los padres, hermanos y sobrinos del fallecido pertenecen al segundo orden. El tercer orden incluye a los abuelos, tíos y tías, así como a los primos del fallecido. Los cónyuges y las parejas registradas no se consideran parientes, pero tienen derecho a la herencia como los cónyuges. Esto les da un estatus especial y restringe el derecho de los familiares a heredar. Los parientes del orden anterior siempre excluyen de la sucesión a los parientes de un orden posterior.

El cónyuge: posición especial en el derecho de sucesiones

Aunque el cónyuge o la pareja registrada no se consideran parientes en la sucesión legal, tienen una posición especial. Si el fallecido deja cónyuge e hijos, el cónyuge hereda la mitad del patrimonio y los hijos la otra mitad. Sin embargo, si hay más de tres hijos, el cónyuge sólo recibe una cuarta parte y los hijos se reparten el resto. Si sólo hay parientes de segundo orden o abuelos, el cónyuge recibe la mitad de la herencia y los parientes de segundo y tercer orden se reparten la otra mitad. Si no hay parientes de primer, segundo o tercer orden, el cónyuge lo hereda todo.

Si el fallecido no deja parientes ni cónyuges, se aplica el derecho sucesorio estatal. El estado federal en el que el fallecido tuvo su última residencia hereda la herencia.

Herederos de primer orden: hijos y nietos

Los hijos y nietos del fallecido están incluidos en el primer orden. Los hijos no matrimoniales nacidos después del 1 de julio de 1949 también tienen derecho a heredar. Si un hijo del fallecido y el cónyuge están vivos en el momento del fallecimiento, ambos heredan la mitad. Si viven varios hijos, la herencia se divide entre ellos y el cónyuge. Si los hijos del difunto ya han fallecido, heredan los nietos.

Explicado con un ejemplo: Si el fallecido deja a su madre, a su cónyuge, a 2 hijos con dos nietos cada uno y a un hijo fallecido con un nieto, resulta la siguiente sucesión. La madre no tiene derecho a heredar, ya que pertenece al segundo orden y hay herederos del primer orden. El cónyuge y los dos hijos vivos heredan a partes iguales. El nieto del hijo fallecido ocupa el lugar del padre en la sucesión y, por tanto, hereda a partes iguales con los dos hijos vivos y el cónyuge. Los nietos de los hijos vivos tampoco heredan.

Herederos de segundo orden: padres y hermanos

Si no hay hijos ni nietos, heredarán los herederos de segundo orden. El segundo orden incluye a los padres, los hermanos, los sobrinos y las sobrinas. Si ambos padres del fallecido están vivos en el momento de la muerte, la herencia se divide por la mitad. Sin embargo, si uno de los progenitores ya ha fallecido, los descendientes de este progenitor, es decir, los hermanos o sobrinos del fallecido, ocupan su lugar.

Explicado con un ejemplo: El testador deja a su madre, una hermana con dos hijos, un sobrino del hermano fallecido y una hermanastra del segundo matrimonio del padre. Por lo tanto, la herencia se distribuye de la siguiente manera: Una mitad de la herencia va a la línea materna y la otra a la línea paterna. Como la madre sigue viva, recibe la mitad de la herencia. Como el padre ya ha fallecido, su herencia recae en sus hijos. En este caso, a la hermana, al hermano fallecido y, por tanto, al sobrino del fallecido y a la hermanastra del segundo matrimonio. Estos tres se reparten la otra mitad de la herencia. Los hijos de la hermana que aún vive no heredan.

Herederos de tercer orden: abuelos y tíos

Si el fallecido sólo deja herederos del tercer orden, la herencia se divide de la siguiente manera. La herencia del fallecido recae en los abuelos y sus descendientes. Si un abuelo ya ha fallecido, la herencia también recae en los tíos y primos del fallecido.

Explicado con un ejemplo: Si el testador deja sólo a su abuela y a una tía con dos hijos, éstos heredan de la siguiente manera. La abuela recibe la mitad de la herencia. Como el abuelo ya ha fallecido, sus descendientes heredan su parte. Por lo tanto, en este caso, la tía hereda la otra mitad del patrimonio. Sin embargo, los dos hijos no heredan.

La sucesión legal de un vistazo – ¿Quién hereda si no hay testamento?

Hijos adoptivos: reclamaciones de herencia contra los padres naturales y adoptivos

La adopción confiere al niño un parentesco legal. Si el hijo es menor de edad en el momento de la adopción, adquiere la condición jurídica de hijo común de ambos cónyuges y, por tanto, pertenece a los herederos del primer orden. Así, no sólo el hijo adoptado hereda de los padres, sino también a la inversa. Sin embargo, con la adopción, el niño pierde toda pretensión, derechos y deberes frente a los parientes consanguíneos y, por tanto, ya no tiene derecho a heredar de los padres naturales. Esto se regula de manera diferente para los hijos adoptivos que han alcanzado la mayoría de edad. La relación de parentesco con los padres naturales no cesa y, por tanto, un hijo adoptivo mayor de edad puede tener derecho a heredar hasta cuatro partes de la herencia, la natural y la de los padres adoptivos. Sin embargo, no existe ningún derecho legal de herencia respecto a los familiares de los padres adoptivos.

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Todas las preguntas sobre la herencia sin testamento

Heredar sin testamento puede dar lugar a menudo a disputas en el seno de la familia, ya que la última voluntad del testador no está claramente establecida. Para aclarar todas las cuestiones en un caso así y evitar disputas, los expertos de Lukinski han respondido a todas las preguntas importantes sobre el tema de la herencia sin testamento.

¿Cuál es la sucesión legal?

Si no se ha dejado un testamento o si éste se ha declarado inválido, se aplica la sucesión intestada. Esto se basa en el grado de parentesco y el estado civil del testador. Para ello, los familiares se dividen en tres órdenes.

¿Cuándo hereda el cónyuge?

En principio, el cónyuge siempre hereda. Sin embargo, la cuantía de la herencia depende de los restantes familiares del fallecido. Si no hay parientes, el cónyuge hereda solo todo el patrimonio.

¿Cuándo hereda el Estado?

El Estado hereda si no hay familiares u otras personas a cargo, como el cónyuge o la pareja. Esto se estipula en la ley de herencia fiscal según el artículo 1936 del BGB.

¿Cuándo heredan los hermanos del fallecido?

Los hermanos del fallecido heredan si no hay herederos de primer orden, es decir, hijos o nietos del fallecido. Pertenecen al segundo orden y sólo heredan si ya ha fallecido al menos uno de los progenitores; en caso contrario, heredan los padres del fallecido.

¿Pueden heredar los medio hermanos?

Los medio hermanos están en el mismo nivel que los hermanos completos según la sucesión legal. Ambos pertenecen al segundo orden y heredan si no viven los hijos, nietos o al menos uno de los padres del fallecido.